Educación Especial




La Educación Especial

   

    Muchos se preguntan qué es la educación especial y qué pretende, a manera especial. Las palabras educación y especial siempre se han relacionado con los procesos de enseñanza y aprendizaje para personas con limitaciones o alguna discapacidad intelectual. La realidad es que si analizamos bien, todos los procesos de enseñanza y aprendizaje deben ser especiales pues deben ser alineados a las necesidades individuales de los estudiantes. Aunque no se tenga ninguna limitación al momento de aprender destrezas nuevas, la realidad es que no todos los seres humanos aprenden de la misma forma, ni con la misma rapidez. A algunos les tomará más tiempo procesar la información y con probabilidad la destreza deberá ser explicada de varias formas distintas para poder ser comprendida. Por tanto, aún excluyendo diagnósticos que complican los procesos de enseñanza y aprendizaje, podemos darnos cuenta que la educación, en esencia, es especial porque debe ser especialmente para cada estudiante. Pero, a la educación dirigida en forma individualizada, especialmente para una persona, no se le llama educación especial sino educación diferenciada.

    La educación especial, formalmente se refiere a, la instrucción educativa que se le brinda a estudiantes con alguna discapacidad o limitación. Estas limitaciones o discapacidades han sido categorizadas por el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación de Puerto Rico para determinar la elegibilidad de estudiantes con necesidades particulares en el Programa y poder ofrecer un servicio adecuado que redunde en un buen desempeño académico de los estudiantes especiales. Estas categorías presentan algunas características:


1. Disturbios Emocionales:
  • Dificultad para aprender que no puede explicarse por factores socioculturales, intelectuales, sensoriales o de salud.
  • Dificultad para establecer relaciones interpersonales satisfactorias.
  • Estado general de tristeza o ansiedad. 
  • Tendencia a desarrollar síntomas físicos o miedos asociados con problemas personales o escolares.
    
2. Sordoceguera:
  • Pérdida auditiva severa.
  • Pérdida visual severa.
  • Necesidades en el área de comunicación.
3. Sordo:
  •  Pérdida auditiva promedio de tono puro en el rango del habla de al menos 25 dB en el mejor oído y una pérdida auditiva promedio de tono puro en el rango de alta frecuencia de al menos 45 dB en el mejor oído.
  • Dificultades para identificar información lingüística a través de la audición.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
4. Problemas Específicos de Aprendizaje (PEA):
  • Dificultades académicas aun cuando se le proveyó de asistencia educativa basada en intervenciones científicamente probadas dentro del salón de clases y una educación formal y alineada a los estándares del grado.
  • El estudiante no logra alcanzar las expectativas del grado evidenciado en más de un documento en las áreas de expresión oral, comprensión auditiva, escritura, lectura, fluidez para la lectura, razonamiento matemático y/o cálculos matemáticos.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
5. Discapacidad Intelectual:
  • Un funcionamiento cognitivo significativamente por debajo de la media y clasificado como un nivel de gravedad de leve, moderado, grave o profundo.
  • Un comportamiento adaptativo significativamente por debajo de la norma.
  • Un déficit en el rendimiento académico general, incluída la adquisición, la retención y la aplicación de conocimiento.
6. Impedimentos Múltiples:
  • Una manifestación simultánea de varios impedimentos en conjunto.
  • Necesidades educativas que no pueden ser atendidas en un programa de educación especial para niños que presentan uno solo de dichos impedimento.
7. Impedimentos Ortopédicos: 
  • Impedimento ortopédico grave que es causado por:
    • anomalía congénita como pie zambo o ausencia de algún miembro.
    • enfermedad como la poliomielitis o la tuberculosis ósea.
    • parálisis cerebral, amputaciones, fracturas o quemaduras que causan contracturas.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
8. Impedimentos de Salud:
  • Se evidencia deterioro de la salud causado por problemas de salud crónicos o agudos como síndrome de inmunodeficiencia adquirida, asma, trastorno por déficit de atención, trastorno por déficit de atención e hiperactividad, diabetes, epilepsia, afección cardíaca, hemofilia, envenenamiento por plomo, leucemia, nefritis, fiebre reumática, anemia falciforme, síndrome de Tourette o tuberculosis.
  • Problema de salud crónico o agudo.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
9. Problemas del habla o lenguaje:
  •  Trastorno de la comunicación.
    • Ausencia del lenguaje
    • Adquisición tardía del lenguaje
    • Articulación deteriorada
    • Trastorno del lenguaje
    • Tartamudeo
    • Discapacidad de la voz
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
10. Impedimento Visual y ceguera:
  • Ciego parcial - Tiene una agudeza visual de 20/70 o menos luego de la corrección en su mejor ojo.
  • Ciego legal - Tiene una agudeza visual de 20/200 o menos luego de la corrección en su mejor ojo o que su campo visual sea menos de 20 grados o menos.
  • Ciego total - Tiene inhabilidad para percibir luz.
  • Discapacidad visual cortical - Condición de ceguera cortical diagnosticada médicamente o pérdida funcional de visión.
  • Presenta necesidad de materiales especializados y de instrucción en orientación y movilidad, braille, eficiencia visual, exploración táctil, letra agrandada.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
11. Autismo:
  • Discapacidad del desarrollo generalmente evidente antes de los 3 años que afecta significativamente la comunicación verbal y no verbal y la interacción social.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición.
12. Daño Cerebral por Trauma: 
  • Una lesión adquirida en el cerebro causado por una fuerza externa que resulta en una discapacidad funcional total o parcial o impedimentos psicosociales o ambos. Puede afectar áreas cognitivas, juicio, idioma, resolución de problemas, memoria, sensorial, perceptual y motor, habilidades, atención, razonamiento, comportamiento psicosocial, funciones físicas, pensamiento abstracto, procesamiento de información y habla.
  • Un desempeño educativo limitado o que podría verse limitado negativamente por la condición. 


    En general, existen muchas limitaciones o impedimentos que afectan significativamente y de forma negativa el aprendizaje de una persona y por tanto, como educadores debemos estar pendientes a los estudiantes que recibimos anual o semestralmente a clases para identificar, de manera inmediata, aquellas limitaciones que podrían afectar la labor académica del estudiante. Puede referirse, a manera de guía, a las categorías de limitaciones que he descrito arriba. Recuerde que un maestro no diagnostica, pero puede ofrecer información que puede ayudar al diagnóstico de una limitación. Observar las calificaciones del estudiante es el primer elemento para atención. Debemos explorar con el estudiante el por qué de su calificación y de ser necesario, hacer referidos de salud y académicos del estudiante, en la institución educativa que estudia, para ayudarlo en caso de no tener un acomodo previo y garantizarle una educación y un aprendizaje genuino. El segundo elemento es honrar los acomodos razonables previamente identificados para el estudiante, los cuales basados en pruebas psicológicas, psicométricas y científicas avalan su acomodo.

Honremos los acomodos, todos tenemos derecho a un aprendizaje significativo.

 

Referencia:

Departamento de Educación (2020). Manual de Procedimientos de Educación Especial. Recuperado de: https://de.pr.gov/wp-content/uploads/2020/10/manual-de-educacion-especial-2020-1-1.pdf